Residencia en A Coruña, España

Programa de Residencias Artísticas Locales

Premios / Dotación:

Premio

600 Euros para los dos meses de duración de cada una de las residencias en concepto de ayuda a la producción.

Cuándo:
12 feb de 2013 - 01 mar de 2013
Dónde:
A Coruña, España
Inscripción:
Cerrada desde 01-03-2013
Enlaces oficiales:
Web 
Descripción del Premio
Podrán ser beneficiarios de estas residencias todos aquellos artistas y profesionales de la cultura (gestores culturales, comisarios, mediadores culturales, etc.) residentes en A Coruña que deseen desarrollar un proyecto de investigación artística en la sede del MAC en dicha ciudad.

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1. Objeto y finalidad

 

1. El Museo de Arte Contemporáneo Gas Natural Fenosa (MAC) convoca, dentro del marco establecido por su Plan de Promoción y Cooperación Cultural, un proceso de selección para cubrir un total de 6 residencias artísticas para el desarrollo de proyectos de investigación artística por parte de artistas residentes en A Coruña.

 

1.2. Los ámbitos artístico-culturales a los que se dirige este programa no están restringidos a disciplinas concretas e incluyen, entre otras, artes plásticas, artes visuales, performance, arte público, diseño, música y arte sonoro, gestión cultural, etc.

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1.3. Con este programa se pretende: a) incentivar la investigación y producción artística; b) contribuir a la promoción de los creadores locales; y c) facilitar la interacción de los creadores locales con otros artistas y profesionales del arte y la cultura.

 

2. Plazo de ejecución

 

Cada una de las seis estancias en residencia tendrá una duración aproximada de dos meses a escoger entre los siguientes periodos:

 

a) 1 de mayo a 31 de junio de 2013.

 

b) 1 de octubre a 30 de noviembre de 2013.

 

3. Beneficiarios

 

3.1. Podrán ser beneficiarios de estas residencias todos aquellos artistas y profesionales de la cultura (gestores culturales, comisarios, mediadores culturales, etc.) residentes en A Coruña que deseen desarrollar un proyecto de investigación artística en la sede del MAC en dicha ciudad.

 

3.2. Los solicitantes deberán tener formación y/o trayectoria artística acreditada en el campo de las artes o la cultura.

 

3.3. Podrá presentarse un máximo de una solicitud por titular y convocatoria.

 

3.4. Los solicitantes no podrán haber obtenido la condición de beneficiarios de estas ayudas en más de una convocatoria del programa.

 

3.5. Las únicas limitaciones a estas condiciones son las impuestas por la legalidad vigente.

 

4. Dotación económica y de otros recursos

 

El MAC ofrece un total de 600 euros para los dos meses de duración de cada una de las residencias en concepto de ayuda a la producción. A este apoyo económico se suma la cesión de un espacio de trabajo equipado durante los dos meses de duración de la residencia y los almuerzos de lunes a jueves en el comedor de trabajo.

 

5. Presentación de solicitudes y notificación de concesiones

 

5.1. Las solicitudes deberán presentarse entre el día 12 de febrero de 2013 y las 23:59 (GTM+1) del día 1 de marzo de 2013. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se aceptará ninguna candidatura.

 

5.2. La presentación de solicitudes se realizará mediante el formulario de solicitud on-line disponible en el sitio web del Programa de Residencias Artísticas del MAC: http://artistasmac.com/programas/residencias-locales.

 

5.3. En un plazo máximo de 10 días laborales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes se comunicará por escrito a cada uno de los solicitantes el resultado de la selección.

 

5.4. En caso de que los datos o la documentación requerida estén incompletos, se establece un periodo de subsanación de 3 días desde la fecha de comunicación al interesado.

 

5.5. El listado definitivo de beneficiarios será publicado en el sitio web del MAC y estos serán contactados directamente por el coordinador del programa para formalizar la concesión mediante la firma de un documento de aceptación de la ayuda.

 

5.6. Las consultas relacionadas con este procedimiento serán atendidas a través del correo electrónico air@artistasmac.com.

 

6. Documentación requerida

 

6.1. Para realizar la solicitud, se requerirá la documentación detallada a continuación:

 

6.1.a. Formulario de inscripción debidamente cumplimentado, disponible en www.artistasmac.com.

 

6.1.b. Breve curriculum vitae, con referencias a sitios web, imágenes, vídeos, etc. de los trabajos más recientes.

 

6.1.c. Proyecto que se desea desarrollar durante la residencia.

 

6.1.d. Calendario o plan de trabajo del proyecto presentado.

 

6.2. Aquellos solicitantes que resulten seleccionados deberán aportar la siguiente documentación:

 

6.2.a. Documento de identidad (DNI o pasaporte).

 

6.2.b. Datos bancarios para el ingreso de la ayuda a la producción.

 

6.2.c. Compromiso de aceptación debidamente cumplimentado y firmado.

 

7. Procedimiento de selección y criterios de valoración

 

7.1. La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

 

7.2. Esta convocatoria será resuelta por una Comisión de Valoración presidida por la Directora del MAC e integrada por dos profesionales del sector artístico vinculados laboralmente al Museo.

 

7.3. La selección de la Comisión de Valoración será inapelable y a ella corresponderá resolver cualquier circunstancia no prevista en estas bases.

 

7.4. Serán declarados beneficiarios de la ayuda aquellos solicitantes que obtengan mayor puntuación conforme a los siguientes criterios de valoración: a) la originalidad y/o el carácter innovador del proyecto artístico (50%); b) la adecuación del proyecto a los recursos y contexto en que se desarrollará (30%); y c) el currículo o trayectoria del solicitante (20%).

 

7.5. La Comisión de Valoración podrá declarar desierta la convocatoria.

 

8. Obligaciones de los beneficiarios

 

8.1. Los beneficiarios se comprometen a desarrollar su proyecto en los plazos previstos en el calendario de trabajo presentado en sus respectivas solicitudes y a entregar una breve memoria justificativa en formato audiovisual -según modelo del apartado pago y justificación de estas bases- al final su estancia.

 

8.2. Los beneficiarios se comprometen a hacer buen uso de las instalaciones y destinar los talleres que se les asignen exclusivamente como espacios de producción artística. Quedan, por lo tanto, excluidos sus usos como almacenes, depósitos, viviendas, etc.

 

8.3. En caso de que se necesitase realizar alguna intervención en el espacio de trabajo (pintar, agujerear o cualquier otra modificación) se deberá solicitar al coordinador del programa un permiso especifico para tal fin, asumiendo el beneficiario la responsabilidad de restaurar el espacio para devolverlo a su estado inicial una vez finalizada la residencia.

 

8.4. Los beneficiarios mencionarán en la difusión y exhibición de las piezas producidas durante su residencia que éstas han sido realizadas en el marco del programa incluyendo la siguiente leyenda: 'proyecto realizado con el apoyo del Museo de Arte Contemporáneo Gas Natural Fenosa (MAC)'.

 

8.5. Los beneficiarios autorizan que se cite su nombre, así como la reproducción gráfica de su obra para cualquier tipo de difusión o publicación que el MAC considere oportuno hacer en relación con el programa de residencias y/o su actividad.

 

8.6. Los beneficiarios deberán atenerse a las normas del MAC, adaptándose a sus horarios (lunes a viernes de 9 a 21.30, sábados de 11 a 14 y de 17 a 21.30 y domingos de 11 a 14) y dinámicas de trabajo, además de mantener un comportamiento cívico y respetar las instalaciones y espacios comunes del Museo. De este modo, queda terminantemente prohibido realizar trabajos con productos tóxicos y/o con maquinaria industrial que genere ruidos por encima de lo permitido o supongan un peligro para el espacio y sus usuarios.

 

9. Compromisos del Museo de Arte Contemporáneo Gas Natural Fenosa (MAC)

 

9.1. El MAC cederá a cada beneficiario, por un periodo máximo de dos meses, un taller amueblado y con conexión wi-fi a internet.

 

9.2. El MAC se compromete al pago de una ayuda de producción por un importe total de 600 euros a cada residente durante el periodo de residencia.

 

9.3. El MAC contribuirá al desarrollo óptimo de los proyectos de los beneficiarios poniendo a disposición de los mismos cuanta información y recursos le sea posible dentro de sus limitaciones presupuestarias y de personal.

 

10. Pago y justificación

 

10.1. El pago de la ayuda económica de 600 euros para la producción se realizará en tres plazos: 200 euros el primer mes, 200 euros el segundo y 200 euros tras la entrega de la memoria.

 

10.2. Los pagos mensuales se realizarán mediante transferencia a la cuenta bancaria de cada uno de los beneficiarios.

 

10.3. La justificación de las ayudas concedidas se realizará en el MAC en la última semana de la estancia en residencia en el Museo mediante la presentación de una memoria audiovisual del proyecto desarrollado. El objeto de la misma es acreditar el cumplimiento de la finalidad para la que la ayuda fue concedida y de las condiciones impuestas, en su caso, con motivo de la concesión. La extensión de esta memoria audiovisual no deberá exceder, en ningún caso, los 7 minutos de duración y su presentación será condición sine qua non para percibir el último pago de la ayuda económica asociada al Programa.

 

11. Incumplimiento y otras consideraciones

 

11.1. El incumplimiento de lo establecido en estas bases podría suponer la interrupción de la residencia artística en el MAC y del pago de la ayuda mensual, así como el reintegro de la ayuda si el Comité de Valoración lo considerara pertinente.

 

11.2. La organización se reserva el derecho a hacer modificaciones o tomar iniciativas no reguladas en estas bases, siempre que supongan mejoras que afecten directamente al éxito del proyecto. La interpretación de las bases dependerá exclusivamente de los miembros de la Comisión de Valoración.

 

 

 

Entrada actualizada el el 26 may de 2016

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